Expediente 1720
Expediente 1720
Descripción
LEY QUE DISPONE QUE LAS VIUDAS DE LOS JUBILADOS Y PENSIONADOS CIVILES DEL ESTADO, AL OCURRIR LA MUERTE DE SUS CÓNYUGES, SEGUIRÁN DISFRUTANDO DE LAS JUBILACIONES Y PENSIONES QUE ELLOS PERCIBÍAN AL SUCEDER SU MUERTE.
Período Constitucional
Fecha
1/7/1976
Autores
Título de la revista
Revista ISSN
Título del volumen
Comisión
N/D