Expediente 887
Expediente 887
Descripción
LEY POR LA CUAL NINGUNA INSTITUCIÓN AUTÓNOMA DEL ESTADO PODRÁ DISPONER DE LOS FONDOS DESTINADOS ESPECIALMENTE AL CUMPLIMIENTO DE LAS ATRIBUCIONES PUESTAS A SU CARGO, SIN OBTENER PREVIAMENTE LA AUTORIZACIÓN DEL PODER EJECUTIVO.
Archivos
Período Constitucional
Fecha
11/18/1971
Autores
Título de la revista
Revista ISSN
Título del volumen
Comisión
N/D