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Expediente 887

Descripción
LEY POR LA CUAL NINGUNA INSTITUCIÓN AUTÓNOMA DEL ESTADO PODRÁ DISPONER DE LOS FONDOS DESTINADOS ESPECIALMENTE AL CUMPLIMIENTO DE LAS ATRIBUCIONES PUESTAS A SU CARGO, SIN OBTENER PREVIAMENTE LA AUTORIZACIÓN DEL PODER EJECUTIVO.
Período Constitucional
Fecha
11/18/1971
Autores
Título de la revista
Revista ISSN
Título del volumen
Comisión
N/D
Abstracto
Palabras clave
Citación
Colecciones